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El Consentimiento informado es la conformidad
libre, voluntaria y consciente de un paciente,
manifestada en el pleno uso de sus facultades
después de recibir la información adecuada,
para que tenga lugar una actuación que afecta a su
salud.
El consentimiento será verbal por regla general.
Sin embargo, se prestará por escrito en los casos
siguientes:
intervención quirúrgica, procedimientos
diagnósticos y terapéuticos invasores
y, en general, aplicación de procedimientos que
suponen riesgos o inconvenientes
de notoria y previsible repercusión negativa sobre
la salud del paciente. |